Fecha de Publicación: 13/01/1933
Página: 69-A
Carilla: 1

Artículo 45

   Los cargos de Jefe, Jefe 2° y Ayudante comprendidos en el ítem número 547 de la Planilla número 42 "Construcciones Militares" cuando no sean desempeñados por militares, tendrán las siguientes asignaciones, respectivamente: $ 3.600.00, $ 3.000.00 y $ 2.400.00, sin perjuicio de la asimilación que al solo efecto de la disciplina y honores le sea señalado por el Poder Ejecutivo.
   Cuando el cargo de Jefe fuere desempeñado por un militar, además de la compensación que le corresponde a su grado, tendrá otra por función, de $ 600.00 anuales.
   Suprímese al vacar, de la misma Planilla ítem 548 "1 Sobrestante Jefe (Asimilado a Mayor) $ 2.700.00" y sustitúyesele por "1 Ecónomo (sueldo Planilla 33)".
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