PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Si se tratase de desviaciones o rectificaciones el Estado trasladará a su costa los alambrados existentes. Cuando éstos fuesen defectuosos o no estuvieran construídos con arreglo a la ley, el propietario cargará con la diferencia entre el valor del alambrado antiguo y el nuevo, aforado a cuarenta centésimos ($ 0.40) el metro lineal.Ayuda