Cuando la planilla de contribución inmobiliaria del año anterior esté glosada en algún expediente en trámite en Juzgados u otras oficinas públicas bastará, para que se expida la del corriente ejercicio, la exhibición de un certificado en que el Actuario o Secretario de dichas oficinas acredite tal circunstancia, con expresión del número del padrón, número de la planilla, fecha, lugar en que fué expedida, área, aforo y notas de transmisión.
Dicho certificado será gratuito y en papel simple.