No podrán atenderse durante el ejercicio, erogaciones que deban ser atendidas con recursos o rubros de otro período.
Queda exceptuada de esta disposición, la Dirección General de la Enseñanza Industrial en lo que hace referencia a la construcción del edificio para la Escuela de Industrias de la Construcción y las instalaciones de las Usinas anexas a las Escuelas de Melo y de San Carlos, en trámite de ejecución.
Tampoco se podrán comprometer gastos que afecten recursos de ejercicios venideros, sin la previa autorización legislativa.