Fecha de Publicación: 08/02/1935
Página: 237-A
Carilla: 1

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS

Artículo 29

   Las partidas de gastos que administraba la ex Proveeduría General de Muebles y Utiles lo serán, en lo sucesivo, por las propias reparticiones a quienes se les han fijado en las planillas respectivas, bajo la superintendencia de la Contaduría General de la Nación. Dicha repartición intervendrá previamente todo pago que se realice por tal concepto y no liquidará suma alguna que no se ajuste a las disposiciones vigentes.
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