Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir letras de Tesorería o Bonos del Tesoro a plazo de seis, nueve y doce meses, con un interés máximo anual del 6 % y hasta un total en circulación de $ 5.000.000.00, de los cuales uno se destinará a Salud Pública y los restantes se destinarán a atender necesidades de Tesorería.
El Servicio de estas letras o bonos será atendido con Rentas Generales.
Los bonos estarán exentos de todo impuesto o descuento, así como de cualquier otro gravamen.