Fecha de Publicación: 08/02/1935
Página: 247-A
Carilla: 11

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS

Artículo 31

   El Poder Ejecutivo podrá reforzar los rubros de gastos correspondientes a las planillas del Ministerio de Defensa Nacional con el importe de las economías a obtenerse en los demás rubros de gastos de la referida Secretaría de Estado.
Ayuda