Fecha de Publicación: 08/02/1935
Página: 247-A
Carilla: 11

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS

Artículo 33

   El 60% del producido líquido de Cantinas Militares se destinará a reforzar el capital de las mismas y el 40% restante a instalaciones y mejoras de casinos, sala de lectura, gimnasios y juegos de sport para el personal de tropa del Ejército y Cuerpo de Equipaje de la Marina.
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