Fecha de Publicación: 08/02/1935
Página: 247-A
Carilla: 11

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS

Artículo 34

   Las economías que pueda realizar el Servicio Oficial de Difusión Radio Eléctrica, al finalizar el ejercicio económico, pasarán a formar parte de sus recursos en el ejercicio siguiente y podrá invertirlos en la atención de sus gastos de funcionamiento y mantenimiento de servicios.
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