Fecha de Publicación: 26/12/1936
Página: 513-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 6

   Los contratos de garantía alcanzarán también a los desperfectos que se
originen durante el término del arrendamiento, los que serán apreciados en la
forma de práctica con intervención del personal del servicio que por esta ley se crea.

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