Fecha de Publicación: 07/01/1937
Página: 19-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 5

   Los servicios del S. O. D. R. E., no podrán ser arrendados o cedidos para 
la realización y transmisión de actos de propaganda política sin expresa 
autorización del Poder Ejecutivo.
   En ningún caso se permitirá que por su intermedio se realice la difusión 
de ideas que tiendan a destruir las bases fundamentales de la sociedad y el 
régimen democrático republicano de Gobierno, Secciones I y II y artículo 72 de la Constitución.
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