MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 6
Son recursos del S. O. D. R. E.:
A) Las asignaciones correspondientes establecidas en la ley de Presupuesto
General de Gastos.
B) El importe íntegro de sus proventos, acumulable de un ejercicio a otro y
destinado exclusivamente al capital en giro para las actividades del
S. O. D. R. E. como empresa.
C) Las donaciones o legados que se hicieran a su favor.