Fecha de Publicación: 06/12/1937
Página: 387-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 4

   El Presidente de la Comisión será designado por la misma y tendrá la 
representación del Instituto, por sí o por apoderado. Firmará con el 
miembro de la Comisión o funcionario que ésta designe, todos los actos y contratos en que intervenga el Instituto.

                           II - Patrimonio
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