Fecha de Publicación: 03/10/1939
Página: 22-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Ley 

Se refuerzan rubros de la Corte Electoral para atender determinados gastos que demande el período inscripcional. 

Poder Legislativo. 

  El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Refuérzanse los rubros de la Corte Electoral en la cantidad de $ 137.564.40 para atender los siguientes gastos: 

A) 50 Auxiliares para las Oficinas Electorales Departamentales.
B) Oficinas Inscriptoras Delegadas de la Capital (4).
C) Oficinas Inscriptoras Delegadas del interior (18).
D) Adquisición de material y gastos generales.

BALDOMIR. - JUAN C. NARIO.
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