FRIGORIFICO NACIONAL. AUMENTO DE CAPITAL




Promulgación: 15/08/1941
Publicación: 27/08/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 693

Artículo 2

   Facúltase al Poder Ejecutivo para emitir hasta la cantidad de seis millones ciento veintiocho mil doscientos pesos ($ 6.128.200.00) que constituye el saldo de las emisiones autorizadas por las dos primeras leyes citadas, al que deberá destinarse exclusivamente, a la construcción de la Fábrica del Frigorífico Nacional. Queda, también, autorizado el Poder Ejecutivo para emitir dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) más, con el destino que prevé
el artículo 4º de la presente ley.
   La emisión de los ocho millones ciento veintiocho mil doscientos pesos ($ 8.128.200.00) que se hará en títulos denominados "Empréstito Interno 
Frigorífico Nacional", de 5% de interés anual, y 1% de amortización acumulativa, también anual, por sorteo cuando esté a la par o arriba de ella, y a la puja, cuando se cotice a menor precio.
   Dichos títulos tendrán la garantía de la totalidad de los bienes del
Frigorífico Nacional, y la subsidiaria del Estado.
Ayuda