FIJACION DE IMPUESTO. VENTAS Y TRANSACCIONES




Promulgación: 08/10/1941
Publicación: 24/10/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 960
Ver vigencia: Ley Nº 10.756 de 27/07/1946 artículo 33.

Artículo 2

   Los impuestos internos a que se refiere el proyecto de ley citado en el artículo 1º, alcanzarán a las existencias en las casas mayoristas e importadoras, en las fábricas de licores y en las bodegas de producción y en las fábricas de tabacos y no gravará las existencias en el comercio minorista, las que serán estampilladas con estampillas de contralor sin valor, proporcionadas por la Dirección General de Impuestos Internos.
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