El monto de lo recaudado por concepto de multas se depositará de inmediato en el Banco de la República, a la orden del Instituto de Alimentación Científica del Pueblo, para fomento de los Comedores Populares gratuitos. Si la resolución por la que se impuso la multa fuere recurrida, se esperará a su decisión definitiva, depositándose provisionalmente en dicho Banco.