LEY DE PRIVILEGIOS INDUSTRIALES




Promulgación: 14/11/1941
Publicación: 22/11/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 1109

TITULO PRIMERO
Del Privilegio: Medio de Fomento Industrial
CAPITULO VI De la transferencia

Artículo 21

   Contra la resolución que conceda o deniegue una solicitud de privilegio industrial, podrá deducirse, por una sola vez, recurso de reposición, dentro de los quince días perentorios de notificada, no cabiendo nuevo recurso contra la resolución que se dicte.
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