SALARIOS MINIMOS Y CONDICIONES DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, SANEAMIENTO, PAVIMENTO Y ACTIVIDADES SIMILARES
CAPITULO IV
Canteras
Artículo 16
La remuneración de cualquier otro trabajo a destajo se aumentará proporcionalmente a la tarifa. El aumento de salarios de los obreros que en la actualidad ganen el salario mínimo fijado o más, será el de veinte centésimos ($ 0.20) en esta rama.