SALARIOS MINIMOS Y CONDICIONES DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, SANEAMIENTO, PAVIMENTO Y ACTIVIDADES SIMILARES
CAPITULO X
Disposiciones generales y complementarias
Artículo 53
En los casos en que los convenios de los años 1937 y 1938 se remitan al decreto de 7 de Diciembre de 1936 éste se aplicará con las modificaciones introducidas posteriormente en las escalas de salarios.