DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 02/08/1943
Publicación: 09/08/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1943
  •    Página: 1270

Artículo 2

   El producido de la colocación de esta Deuda se distribuirá entre las Intendencias Municipales en la siguiente forma: el 50% en partes iguales entre todos los Departamentos, y la otra mitad la distribuirá el Poder Ejecutivo en proporción a la desocupación obrera en cada Departamento.
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