BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS. AMPLIACION




Promulgación: 24/10/1944
Publicación: 04/11/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1064

Artículo 2

   El Instituto Nacional de Viviendas Económicas contribuirá con el 25% del valor integral del barrio, en las condiciones estipuladas en los incisos C), D) y E) del artículo segundo del decreto-ley 10.153, que tomará del saldo de la ley de 22 de Abril de 1939 o de cualquier otro recurso de que disponga.
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