BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS. AMPLIACION




Promulgación: 24/10/1944
Publicación: 04/11/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1064

Artículo 5

   Si el Instituto Nacional de Viviendas Económicas obtuviese en donación los terrenos necesarios para edificación de viviendas en la Capital, que establece esta ley, deducirá su importe fijado por tasación del 25% en efectivo del valor integral con que concurrirá a la construcción del Barrio de la Capital.
Ayuda