REBAJA DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 27/02/1945
Publicación: 03/03/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 183

Artículo 1

   Declárase que la comprobación del destino agrícola de las tierras, a los efectos de la rebaja de la contribución inmobiliaria, debe hacerse 
en el transcurso del año correspondiente, aun cuando el propietario no pueda abonar sus impuestos dentro de ese período.

AMEZAGA - HECTOR ALVAREZ CINA
       


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