FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 27/02/1945
Publicación: 03/03/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 184
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La falta de cumplimiento de las condiciones establecidas en los artículos anteriores dará lugar a la pérdida de los beneficios que esta 
ley acuerda, y que alcanzarán, únicamente, a las propiedades cuyo aforo no 
exceda de cinco mil pesos.
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