Los propietarios abonarán a los Municipios el importe de las obras
en sesenta (60) cuotas trimestrales, debiendo abonarse la primera de
ellas dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de expedición del último certificado de obras. Además abonarán el interés de cinco y medio por ciento (5 1/2%) anual por los saldos deudores, el que se hará efectivo con cada entrega parcial. En cualquier tiempo los propietarios podrán cancelar total o parcialmente la deuda, sin más intereses que los que se hayan devengado hasta el día del pago. Todos los pagos a cuenta del importe de las obras se harán en efectivo o en "Bonos Nacionales de Saneamiento de las Ciudades del Interior", que los Municipios recibirán por su valor nominal. Los pagos por concepto de intereses se harán siempre en efectivo.