COMERCIO EXTERIOR. NEUMATICOS. INFRACCIONES ADUANERAS. SOBRESEIMIENTO




Promulgación: 19/09/1945
Publicación: 25/09/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 858

Artículo 2

   Mientras esté vigente el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 11 de Marzo de 1944, no podrán iniciarse juicios por infracción aduanera, 
fundados en la introducción al país de cubiertas de neumáticos, para uso
de camiones, tractores, ómnibus y remolques, a que se refiere el artículo
1º de la ley de 22 de Octubre de 1931.
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