FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 05/10/1945
Publicación: 15/10/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 921

Artículo 3

   Acuérdase a los propietarios de bienes cuyo valor de aforo sea superior
a diez mil pesos un nuevo plazo de sesenta días, contados en la forma 
establecida por el artículo anterior, para que puedan satisfacer sus 
adeudos sin abonar los recargos por mora.
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