Inclúyese en el artículo 2º, apartado "J" de la ley número 10.589 de 23 de diciembre de 1944, los grupos de obras y gastos que se indican a continuación para cuya ejecución se autoriza al Poder Ejecutivo a ampliar a ochenta y cuatro millones novecientos mil pesos ($ 84.900.000.00) la
Deuda Interna que se autorizó a emitir por el artículo 1º de la mencionada ley, extendiéndose a seis años el período mínimo en que se aplicará esa Deuda:(*)
(*)Notas:
Además, este artículo agregó a: Ley Nº 10.589 de 23/12/1944 artículo 2
Apartado "J" Grupos "c", "d", "e", "f", "g" e "i".