LEY ORGANICA DE LA MARINA




Promulgación: 16/10/1946
Publicación: 08/11/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1093
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
      Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Ver: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 59 (Comando General del 
Ejército, Comando General de la Armada, Comando General de la Fuerza 
Aérea) (Comandante en Jefe del Ejército, Comandante en Jefe de la Armada, 
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea).
Referencias a toda la norma

TITULO III
Estados y situaciones
CAPITULO III Situaciones

Artículo 44

   En "disponibilidad" estarán los Oficiales que:

A)Por no tener destino, en virtud de causas que no le sean imputables;
B)Los que soliciten el pase a esa situación;
C)Los que hicieren renuncia de sus cargos o no aceptaren destino;
D)Los que, en virtud de enfermedad no contraída en actos del servicio o en 
  razón de accidentes de análoga naturaleza, dejen de prestar servicios  
  durante dos meses consecutivos.
     En caso de que la enfermedad o accidente obedezca a razones del 
  servicio o sea consecuencia directa del mismo, seguirán revistando en 
  servicio efectivo hasta la completa curación o pase a Retiro;
E)Los que pasaren temporariamente a aquella situación por haber incurrido 
  en faltas graves en el desempeño de sus funciones, así como los que 
  dieren lugar a ello, a juicio del Poder Ejecutivo y previa intervención 
  del Tribunal de Honor competente, por razones de moral y decoro;
F)Los que estuvieren procesados, así como los condenados a penas que no 
  implican la pérdida del grado;
G)Los prisioneros de guerra.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 48.
Referencias al artículo
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