El Banco Hipotecario otorgará los préstamos al Instituto Nacional de Viviendas Económicas, creado por ley número 9.723, de 19 de noviembre de
1937; no percibiendo comisión por estas operaciones. Los préstamos se aplicarán a construcción de casas colectivas e individuales, barrios organizados y viviendas rurales. De los dos millones de pesos de inversión anual, se destinará la cantidad de ochocientos mil pesos ($ 800.000.00) al Departamento de Montevideo y un millón doscientos mil pesos ($ 1:200.000.00) a los demás Departamentos. (*)