BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). CAJA NACIONAL DE AHORROS Y DESCUENTOS. FUNCIONARIOS. PRESTAMOS




Promulgación: 28/10/1946
Publicación: 05/11/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1367

Artículo 2

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir una Deuda Pública Interna por el monto que se necesite para cancelar a la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos, el importe total a que ascienda el resultado de la liquidación de las deudas dispuestas en el artículo anterior.
   Dicha deuda gozará de un interés hasta del 5% anual y tendrá la cuota de amortización acumulativa que se requiera para su extinción en el plazo de veinte años y tendrá la garantía subsidiaria del Estado.
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