La contribución de la República a la Administración de las Naciones Unidas para el Socorro y la Rehabilitación, establecida por ley Nº 10.593 de diciembre 27 de 1944, se completa con la cantidad de un millón de dólares (U$S 1:000.000).
AMEZAGA - EDUARDO RODRIGUEZ LARRETA - HECTOR ALVAREZ CINA