CORTE ELECTORAL. INTEGRACION




Promulgación: 24/12/1947
Publicación: 31/12/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 1386

Artículo 5

   La dotación del Presidente de la Corte será de doce mil pesos anuales y de siete mil doscientos la de los demás miembros de la Corporación. Estas dotaciones serán liquidadas con aplicación de las mismas normas que rigen 
para la liquidación del sueldo de los legisladores.
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