BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS. VIVIENDA




Promulgación: 17/12/1948
Publicación: 27/12/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 1323

Artículo 1

   Amplíase a treinta mil pesos ($ 30.000.00) el límite de veinte mil
pesos ($ 20.000.00), establecido en la ley de 24 de diciembre de 1945, que
reforma el artículo 11 de la ley Nº 9.385, de fecha 10 de mayo de 1934.

BATLLE BERRES - LEDO ARROYO TORRES
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