ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. REVISION DE CONTRATOS




Promulgación: 29/06/1949
Publicación: 06/07/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 667
Referencias a toda la norma

7- De las disposiciones generales

Artículo 24

   La citación del demandado y las notificaciones de las resoluciones
de los Jurados, se harán por medio de cédula citatoria, que entregará la 
Policía recabando en todos los casos la firma de la persona que reciba la cédula o notificación.
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