Los Jurados funcionarán en los locales que solicitarán a las
respectivas Intendencias Municipales, a las que también podrán solicitar
el personal y los útiles necesarios para su funcionamiento. El Jurado
Nacional tendrá su sede en el local que al efecto fije el Ministerio de Ganadería y Agricultura que proveerá, a su vez, los elementos de trabajo
correspondientes.