ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. REVISION DE CONTRATOS




Promulgación: 29/06/1949
Publicación: 06/07/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 667
Referencias a toda la norma

7- De las disposiciones generales

Artículo 26

   Dentro de los treinta días de la publicación de la presente ley,
el Poder Ejecutivo distribuirá entre los Jurados que se organizan, los 
correspondientes cuadros estadísticos de las cotizaciones promediales, 
durante el último quinquenio, de las producciones a que se refieren los artículos 20 y 21, los que se confeccionarán del modo más completo posible, con exclusión de los márgenes de subsidios o estímulos que correspondan.
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