Los Jurados estarán constituidos por siete miembros titulares, designados: uno por la Asociación Rural otro por la Comisión Nacional de Fomento Rural; otro por la Federación Rural; otros dos por la Junta Departamental, debiendo ser uno arrendatario y el otro arrendador, y los dos restantes serán uno el Agrónomo Regional y el otro el Gerente de la Sucursal del Banco de la República en la Capital de cada Departamento, o su representante. El cargo de Jurado será obligatorio y honorario.