5- De la organización de los Jurados
Los interesados que deseen acogerse a los beneficios que esta ley instituye, deberán formular sus demandas dentro del plazo de 60 días, a partir de la publicación de la misma. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 11.336 de 16/09/1949 artículo 1.