ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. REVISION DE CONTRATOS




Promulgación: 29/06/1949
Publicación: 06/07/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 667
Referencias a toda la norma

5- De la organización de los Jurados

Artículo 9

   Los interesados que deseen acogerse a los beneficios que esta ley
instituye, deberán formular sus demandas dentro del plazo de 60 días, a 
partir de la publicación de la misma. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 11.336 de 16/09/1949 artículo 1.
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