Ley N° 11419
EX INSTITUTO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL URUGUAY. JUBILACIONES Y PENSIONES. CUOTA SUPLEMENTARIA. PRORROGA
Promulgación: 29/04/1950
Publicación: 22/05/1950
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1950
- Página: 375
Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 1950 lo dispuesto en el artículo 1º de la ley de 31 de octubre de 1949.(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
BATLLE BERRES - O. SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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