Créase un impuesto del 50 % sobre el valor de las entradas a los
distintos locales de los hipódromos.
Las entradas gratuitas o de favor pagarán un impuesto de un peso, cada
una por reunión. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 163 (Deroga impuesto).