COMISION NACIONAL DE HOMENAJE. CONMEMORACIONES. CREACION




Promulgación: 10/08/1950
Publicación: 15/08/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 790
Referencias a toda la norma

Artículo 20

   Destínase la cantidad de cien mil pesos (pesos 100.000.00) a los
Municipios del Interior, para la realización de actos conmemorativos. De 
la cantidad que le corresponda a cada Municipio, podrá invertir hasta un 50% en premios para concursos departamentales de monografías sobre la actuación de Artigas en la localidad o su región.
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