Autorízase a los funcionarios dependientes del Ministerio de Salud
Pública que se indican a continuación para optar por el régimen de
dedicación total o parcial:
Director de la División número 1; Directores de los Hospitales Pasteur, Maciel, Vilardebó, Pedro Visca; Director de la Colonia doctor Bernardo Etchepare; Director del Asilo Luis Piñeyro del Campo; Director del Servicio de Asistencia y Preservación Antituberculosa; Subdirector de la Lucha Antituberculosa y Encargado de la Dirección del Hospital Fermín Ferreira; Encargado de la Dirección de la Colonia Gustavo Saint Bois; Director Adjunto de Hospitales; Director del Servicio de Asistencia Externa; Director del Instituto de Traumatología; Director del Instituto de Enfermedades Infecto-Contagiosas; Director del Instituto de Cirugía para Post-Graduados; Director del Instituto de Endocrinología y Director del Instituto de Ciencias Biológicas.
Fíjase en $ 900.00 (novecientos pesos) y en $ 450.00 (cuatrocientos
cincuenta pesos) respectivamente, la asignación mensual de los funcionarios aludidos en este artículo, en régimen de dedicación total o
parcial.
El desempeño de estos cargos en régimen de dedicación total será
incompatible con el ejercicio de la profesión médica y de toda otra actividad lucrativa sea o no de carácter docente.
A medida que vaquen los cargos indicados en este artículo, quedará
automáticamente establecido el régimen de dedicación total con carácter
definitivo.