El personal administrativo y obrero del Servicio de Iluminación y
Balizamiento gozará de un aumento del 30% sobre sus actuales asignaciones
no pudiendo superar en ningún caso la asignación fijada para idénticas
funciones al personal de igual categoría del Servicio de Transmisiones, incluido el aumento de $ 45.00 establecido por la presente ley.