Reglamentada por: Decreto S/N de 01/09/1953.
De las penalidades
Los organismos del Estado y los Municipios expedirán gratuitamente a los obreros y empleados, los recaudos, testimonios o certificados que necesiten para justificar que se encuentran comprendidos en los beneficios de esta ley.(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 42 (vigencia).