NEGOCIACION COLECTIVA. CONSEJOS DE SALARIOS. MODIFICACION




Promulgación: 20/10/1950
Publicación: 31/10/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 1281
Reglamentada por: Decreto S/N de 01/09/1953.
Referencias a toda la norma

Disposiciones generales

Artículo 28

   El Presupuesto de cada Caja será elevado antes del 30 de octubre de cada año al Consejo Central y éste lo someterá de inmediato, conjuntamente 
con el propio, al Tribunal de Cuentas de la República. Si el Tribunal de 
Cuentas formulara observaciones y éstas no fueren aceptadas por el Consejo 
Central, se elevarán los antecedentes al Poder Ejecutivo, quien resolverá en definitiva.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 42 (vigencia).
Ayuda