TRABAJADORES. REMUNERACIONES




Promulgación: 27/09/1951
Publicación: 08/10/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 971
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Todo establecimiento cuyo régimen de trabajo determine la estada 
permanente del personal en el lugar de sus tareas durante la esquila, estará obligado o proporcionar alimentación y alojamiento adecuados a los trabajadores de la esquila y a darles pastoreo gratis a sus animales de transporte.

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