Decláranse afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de Florida para garantir el servicio de amortización e intereses del préstamo que éste contrate con instituciones de crédito nacionales o privadas en un todo de acuerdo con el decreto de la Junta Departamental de Florida de fecha 23 de octubre de 1951 y la resolución del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 22 de noviembre de 1951.