PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION. MODIFICACION DE IMPUESTO. TIMBRES Y PAPEL SELLADO




Promulgación: 22/10/1952
Publicación: 03/11/1952
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 991
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El servicio de la emisión de deuda que se autoriza por el artículo 1°,
así como la contribución autorizada por el artículo 3° se atenderán con 
los recursos creados por los artículos 5° y 6°.

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